El pasado 27 de diciembre la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió, en la causa Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia, que el Tribunal Superior de Justicia Porteño es el “superior tribunal de la causa” al que refiere el artículo 14 de la ley 48 para los procesos que tramitan ante la Justicia Nacional ordinaria de la Ciudad de Buenos Aires.

En su pronunciamiento la Corte sentó una nueva doctrina asignando al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad la facultad de intervenir en los recursos interpuestos contra sentencias de las Cámaras de Apelaciones de los fueros de la Justicia Nacional, así como también en las quejas por recursos denegados por ellas.

Más allá de la opinión que cada uno de nosotros tenga del fallo en orden al fondo de la cuestión o con las formas de lo allí resuelto, es indudable que aquél representa un precedente transcendental que va a modificar el ejercicio de nuestra profesión en la Ciudad.

Verdad Justicia Derecho Ley

Por ahora con más dudas que certezas, pues con el alejamiento del Dr. Maqueda la mayoría ha perdido a uno de sus miembros y todavía debemos observar cómo reaccionan las Cámaras Nacionales. Mientras tanto los abogados/as tenemos que lidiar con la incertidumbre.

¿Contra una sentencia de una Cámara Nacional procede el Recurso Extraordinario o el Recurso de Inconstitucionalidad? ¿Ante un Recurso Extraordinario rechazado por una Cámara Nacional, el Recurso de Queja ha de interponerse ante el Superior Tribunal de Justicia o ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación?

Hasta que la jurisprudencia conteste estas preguntas y aporte mayor claridad o hasta que se dicten las normas que correspondan, será necesario, por prudencia, duplicar el trabajo y presentar ambos recursos contra las sentencias de las Cámaras y plantear la queja en los dos Tribunales.

Con el objetivo de facilitar esta transición acompaño información que, entiendo será de utilidad, acerca de dónde y cómo dar el alta en el portal de la Justicia de la Ciudad, un tutorial de cómo se presentar una queja ante el STJ, la ley de procedimientos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires y el propio Fallo Levinas.

¡Saludos cordiales!
Dr. Juan Pablo Zanetta

Acceso al Portal del Litigante
https://eje.juscaba.gob.ar/iol-ui/p/inicio

Instructivo para la Registración de Abogados
https://drive.google.com/file/d/1duBOH2RBgoGf6eAvhAOqxS27H72SPYF6/view

Registración de Abogados
https://eje.juscaba.gob.ar/iol-ui/p/registracion

Paso a paso para el inicio de una Queja
https://drive.google.com/file/d/1gENXMEl9eoD__V6J4Z0ATYoBu3dn0PWf/view

Depósito de la Queja
https://www.tsjbaires.gov.ar/servicios/tramite-de-expedientes/deposito-de-queja

Ley 402 – Ley de procedimientos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
https://juristeca.jusbaires.gob.ar/compilacion-normativa-juristeca/ley-402/

Acceso al Fallo Levinas de la Corte
https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=8055351&numeroPagina=15