La Asociación de Abogadas y Abogados de Buenos Aires (AABA) manifestó su profunda preocupación por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 941/2025, que modifica sustancialmente la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, e instó al Congreso Nacional a rechazarlo por violar la Constitución Nacional.
El presidente de AABA, Juan Pablo Zanetta expresó que el DNU realiza cambios profundos al Sistema de Inteligencia sin cumplir con el imprescindible debate parlamentario y amplía las facultades de la Secretaría de Inteligencia del Estado en detrimento de las libertades individuales de la ciudadanía.
Las Comisiones de Derecho Constitucional y de Política Criminal y Seguridad de la Asociacion de Abogados analizaron exhaustivamente la norma y es ´por esta razón que desde esta Asociación se concluye que el DNU 941/2025 excede el marco del art. 99.3 de la Constitución Nacional, lesiona derechos fundamentales y debilita las instituciones democráticas.
Principales cuestionamientos constitucionales:
1. Violación de requisitos para DNU: El decreto no acredita circunstancias excepcionales que imposibiliten el trámite legislativo ordinario, como exige el art. 99 inc. 3 de la Constitución. La jurisprudencia de la Corte Suprema desde «Verrocchi» establece que solo situaciones de fuerza mayor o urgencia extrema justifican esta vía excepcional.
2. Regulación de materia penal: El art. 19 del DNU habilita al personal de inteligencia a aprehender personas en «actividades de inteligencia» sin orden judicial, modificando los códigos procesales penales y violando la prohibición constitucional de regular materia penal por DNU.
3. Vulneración del debido proceso: Se afectan garantías del art. 18 de la Constitución (orden judicial para arrestos, inviolabilidad del domicilio y correspondencia). El precedente «Halabi» exige determinación precisa en facultades que afecten la intimidad, evitando discrecionalidad administrativa.
4. Secretismo inconstitucional: El art. 2 bis establece que todas las actividades de inteligencia revisten carácter «encubierto», sustrayéndolas del control republicano. Según «Giustiniani c. YPF», las restricciones al acceso a información pública requieren fundamentos detallados y específicos.
Finalmente el titular de la Institución, el Dr. Zanetta afirmó que “la posibilidad de detener personas sin el debido control judicial atenta contra las libertades públicas y corroe el estado de derecho, este tipo de atribuciones desmedidas a organismos de Inteligencia son impropias de gobiernos liberales y más aún de un presidente que termina sus discursos diciendo “viva la libertad carajo”. Son instituciones más bien de gobiernos autoritarios y autocráticos, donde no existen las intuiciones republicanas, ni hay democracia o garantías constitucionales que defienda a los ciudadanos”.
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https://nuevospapeles.com/nota/abogados-piden-al-congreso-rechazar-el-dnu-sobre-la-ley-de-inteligencia/
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