DESPUÉS DE 16 AÑOS SIN TITULAR AL FRENTE DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO, EL CONGRESO COMIENZA EL PROCESO FORMAL PARA SU DESIGNACIÓN
UN AMPLIO CONJUNTO DE ORGANIZACIONES HICIERON PROPUESTAS PARA QUE EL PROCEDIMIENTO SEA TRANSPARENTE, AMPLIO, PARTICIPATIVO Y CON CRITERIOS OBJETIVOS.
LA MEDIDA LLEGA TRAS EL REQUERIMIENTO DE LA CORTE SUPREMA, QUE INSTÓ AL PODER LEGISLATIVO A CUBRIR EL CARGO LA VACANTE
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La Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA), presidida por Juan Pablo Zanetta, junto a un amplio conjunto de organizaciones de la sociedad civil, celebró el inicio del proceso de designación de la persona que ocupará la titularidad de la Defensoría del Pueblo de la Nación, vacante desde hace 16 años.
En una carta dirigida a las y los diputados y senadores que integran la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría del Pueblo del Congreso Nacional, las entidades remarcaron la necesidad de que la designación se realice de manera transparente, participativa y con criterios objetivos.
«El Defensor del Pueblo es una figura constitucional de enorme relevancia para la protección de los derechos humanos y el control de los actos de gobierno. Después de tantos años de vacancia, resulta indispensable que el Congreso avance en un procedimiento abierto, con participación ciudadana y reglas claras que garanticen la idoneidad técnica y moral de la persona designada», sostuvo Juan Pablo Zanetta, presidente de la AABA.
En ese marco, propusieron que el procedimiento de designación contemple:
• Publicidad amplia de la convocatoria, etapas y cronograma.
• Acceso público a la información de las candidaturas (antecedentes, declaraciones juradas, certificados de antecedentes).
• Mecanismos de participación ciudadana, como impugnaciones, observaciones y audiencias públicas.
• Criterios objetivos y transparentes de evaluación, priorizando la idoneidad técnica, la independencia y la trayectoria en la defensa de los derechos humanos.
Firmaron el documento la AABA, Amnistía Internacional Argentina, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Asociación por los Derechos Civiles (ADC), CELS, CAREF, Democracia en Red, Directorio Legislativo, FARN, Fundación Huésped, FUNDEPS, Fundación Sur, Innocence Project Argentina, INECIP, Poder Ciudadano y Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otras.
La Ley 24.284 establece que la persona designada como titular de la Defensoría del Pueblo debe ser argentina (nativa o por opción) y tener al menos 30 años. Sin embargo, la relevancia de esta función exige el cumplimiento de estándares adicionales de idoneidad técnica y moral, trayectoria y compromiso con la defensa de los derechos humanos y plena independencia respecto de los poderes del Estado.
